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L.O.E
L.O.E. responde a Ley de ordenación de la edificación, 38/1999 del 5 de noviembre. Esta ley, en vigor desde el 5 de mayo del 2000, tiene por objeto ordenar el proceso de edificación determinando los intervinientes en la misma así como delimitar cada una de sus responsabilidades durante el proceso de construcción y posteriormente a la entrega del edificio al cliente final.
Esta ley presenta como gran novedad la exigencia de un seguro obligatorio de garantía de diez años sobre la edificación que debe contratar el empresario que promueve la obra. El objetivo declarado de esta ley es mejorar la calidad en la edificación y proteger al consumidor en la compra de su vivienda.
C.T.E
En 1977 el Gobierno aprobó un marco unificado para la normativa de la edificación compuesto por Normas Básicas de la Edificación (NBE), de obligado cumplimiento.
La ley Ordenación de la Edificación (LOE) establece los siguientes requisitos básicos que deben satisfacerse con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente:
- RB relativos a la funcionalidad: utilización, accesibilidad y acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información
- RB relativos a la seguridad: estructural, en caso de incendio y de utilización
- RB relativos a la habitabilidad: higiene, salud y protección del medio ambiente, protección contra el ruido, ahorro de energía y aislamiento térmico y otros aspectos funcionales
En su Disposición Final Segunda la LOE autoriza al Gobierno para la aprobación de un Código Técnico de la Edificación que establezca las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad. Hasta la aprobación del CTE, para satisfacer los requisitos básicos se aplicarían las Normas Básicas de la Edificación (NBE) y las demás reglamentaciones técnicas de obligado cumplimiento.






